CIUDAD DEL VATICANO.- Las
medidas concretas prometidas por el Papa Francisco ante los casos de
abusos llegaron este jueves con un importante documento en el que se
obliga a todos los miembros de la Iglesia a denunciar cualquier caso de
abusos sexuales y también el encubrimiento por parte de los obispos.
Esta
es la medida principal del 'motu proprio' (documento papal) de
Francisco llamado 'Vos estis lux mundi' (Vosotros sois la luz del mundo)
y publicado este jueves, que también exige a todas las diócesis del
mundo la creación antes de junio de 2020 de un sistema accesible a cualquiera que quiera realizar una denuncia.
El tercer punto de este documento establece que por primera vez se da
total protección y asistencia a los denunciantes y a las víctimas.
"No
hay delitos ni penas nuevas, lo que se busca garantizar es la recogida
de noticias de datos, la gestión de denuncias y la fidedigna transmisión
de las denuncias", explicó el secretario del Pontifico Consejo
para los Textos Legislativos, el español Juan Ignacio Arrieta Ochoa.
Arrieta
Ochoa subraya que una de las principales novedades es la obligación de
denuncia, que antes era una cuestión moral, de conciencia, "pero ahora está establecido legalmente".
Asimismo será obligatorio el establecimiento de oficinas, portales de
internet y líneas telefónicas para que se puedan recibir las denuncias.
Las diócesis tienen hasta junio de 2020 para ponerse al día.
Y
se aplicará, como reza el artículo 1, para todos los delitos en los que
"se obligue a alguien, con violencia o amenaza o mediante abuso de
autoridad, a realizar o sufrir actos sexuales; realizar actos sexuales
con un menor o con una persona vulnerable; producir, exhibir, poseer o
distribuir, incluso por vía telemática, material pornográfico infantil".
También incluye cualquier caso de violencia contra las religiosas por
parte de clérigos, así como el caso de acoso a seminaristas o novicios.
Pero también para los delitos de encubrimiento, de los que en el pasado han sido acusado numerosos obispos.
"Cualquier
clérigo o religioso que conoce esta conducta por parte un obispo estará
obligado a denunciar e informar a la Santa Sede para que tome medidas
disciplinarias o penales", agregó Arrieta.
Los informes sobre los obispos "siempre se pueden enviar a la Santa
Sede, directamente o a través del Representante Pontificio", añade el
documento.
Otro
punto relevante es la protección de los denunciantes y de las víctimas,
que, según la nueva ley, no pueden ser objeto de "prejuicios,
represalias o discriminación", así como nadie puede imponerles la
obligación de silencio con respecto al contenido, por lo que pueden
hablar con ellos quienes quieran, incluida la prensa.
También se les garantizará "asistencia médica, terapéutica y psicológica, según sea el caso".
Por
otra parte, algo que habían pedido los obispos de todos los países, la
normativa establece reglas claras sobre el procedimiento a seguir en
caso de denuncia.
Las denuncias recogidas tendrán que ser inmediatamente comunicadas al obispo o
al superior de la congregación u orden de la diócesis donde se han
producido los hechos, pero también se permite que se informe a otros
obispos.
El documento del Papa establece sobre todo "la responsabilidad del obispo" en estos casos.
La
normativa es importante sobre todo para evitar los encubrimientos, ya
que en el caso de que la persona señalada tanto por abusos como por
encubrir sea un obispo o un cardenal, el informe se enviará o al obispo
metropolitano o al más antiguo del país y se tendrá que informar
urgentemente al dicasterio, el ministerio correspondiente de la Santa
Sede, y así mismo se informará a la Secretaria de Estado.
"Pero
siempre será un obispo, que debe responder directamente al Papa, y con
la ayuda de fieles laicos, quien se encargue de esta primera
investigación preliminar", explicó Arrieta. El responsable de la
investigación después de 30 días envía a la Santa Sede "una relación
informativa sobre el estado de las investigaciones", que "debe
concluirse en el plazo de 90 días", que pueden ser prorrogables solo por
razones justas.
Además,
desde el inicio hasta el cierre de las investigaciones preliminares en
la diócesis no tendrán que pasar más de 90 días, aunque se podrá por
motivos justificados aumentar el plazo.
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