CIUDAD
DEL VATICANO.- El Papa ha dado un plazo de un año, hasta junio de 2020,
para que todas las diócesis del mundo se doten de un sistema
para que cualquier persona pueda denunciar casos de abusos, según
recoge el Motu proprio 'Vos estis lux mundi', publicado este jueves por
el Vaticano y cuyas normas entrarán en vigor el próximo 1 de junio.
Francisco
también refuerza en esta nueva norma la responsabilidad de los obispos o
miembros de Institutos de vida consagrada para que avisen con
"prontitud" de cualquier sospecha a este respecto.
Concretamente,
el texto establece que las diócesis y otras dependencias eclesiásticas
locales "deben establecer, dentro de un año a partir de la entrada en
vigor de las presentes normas, uno o más sistemas estables y fácilmente
accesibles al público para presentar los informes, incluyendo
eventualmente a través de la creación de un oficio eclesiástico
específico".
"La normativa no especifica en qué consisten estos 'sistemas',
para dejar a las diócesis la opción operativa, que puede ser diferente
dependiendo de las diferentes culturas y condiciones locales. Lo que se
quiere es que las personas que han sufrido abusos puedan recurrir a la
Iglesia local con la seguridad de que serán bien recibidas, que estarán
protegidas de las represalias y que sus informes serán tratados con la
máxima seriedad", ha especificado el Director Editorial del Dicasterio
para la Comunicación de la Santa Sede, Andrea Tornielli.
Los casos que deben ser denunciados no solo se refieren a aquellos en los que la víctima es un menor,
sino que también competen a casos de abusos contra adultos, por
ejemplo, de violencia contra las religiosas por parte de clérigos, así
como a casos de acoso a seminaristas o novicios mayores de edad. También
se extienden a casos de posesión y uso de pornografía infantil y de
actitudes de encubrimiento ante estas realidades.
Se trata de una normativa universal, que se aplicará a toda la Iglesia Católica,
firmada por el Papa el pasado 7 de mayo de 2019. En ella, se determina
también la obligación de todos los clérigos, religiosos y religiosas, de
"informar con prontitud" a la autoridad eclesiástica de todas las
denuncias de abusos de las que tengan conocimiento, así como de "las
omisiones y encubrimiento en la gestión de los casos de abusos".
Hasta
ahora, esta obligación se refería, en cierto sentido, sólo a la
conciencia individual, pero a partir de ahora se convierte en un
precepto legal universalmente establecido. Además, otra novedad es que
si bien la obligación de denuncia compete sólo a los clérigos y
religiosos, también alienta a los laicos a usar el sistema para
denunciar el abuso y el acoso, a la autoridad eclesiástica competente.
De
este modo, el Papa ha impuesto la obligación de informar "sin demora"
sobre los casos de abusos al Ordinario del lugar donde habrían ocurrido
los hechos y ha abierto la posibilidad a que "cualquier persona" pueda
presentar "un informe" sobre hechos de pederastia o abusos a menores.
El Papa establece que los informes presentados tendrán un carácter
completamente confidencial y prohíbe expresamente los "prejuicios,
represalias o discriminaciones" por haberlos presentado.
"La
obligación de informar al ordinario del lugar o al superior religioso
no interfiere ni modifica ninguna otra obligación de informar que pueda
existir en las leyes de los respectivos países: las normas, en efecto,
se aplican sin perjuicio de los derechos y obligaciones establecidos en
cualquier lugar por las leyes del Estado, en particular las relativas a
las obligaciones de información a las autoridades civiles competentes",
aclara Tornielli.
Mandato especial de investigar si el denunciado es obispo
Asimismo,
Francisco reforma el papel del arzobispo metropolitano en la
investigación previa que, a partir de ahora, recibe un mandato especial
de la Santa Sede para investigar si la persona denunciada es un obispo.
Además, el Pontífice establece que el responsable de la investigación
deberá enviar en treinta días a la Santa Sede "una relación informativa
sobre el estado de las investigaciones",
que "debe concluirse en el plazo de noventa días", aunque contempla
posibles prórrogas por "razones justas".
Una vez los resultados de la
investigación están en manos del Vaticano, los responsables jurídicos
podrán imponer inmediatamente medidas preventivas y restrictivas a la
persona investigada.
"La
acusación sólo debe ser notificada si se abre un procedimiento formal y,
si se considera apropiado para garantizar la integridad de la
investigación o de las pruebas, puede omitirse en la fase preliminar",
precisa Tornielli.
Además, el Papa
especifica que, para las investigaciones, los responsables pueden
recurrir a la ayuda de "personas cualificadas", según "la necesidad del
caso y, en particular, teniendo en cuenta la cooperación que pueden
ofrecer los laicos".
Este
compendio de reglas, que serán aplicadas por un trienio, son fruto del
encuentro anti-pederastia que reunió en febrero de 2019 a los jefes de
las Conferencias Episcopales de todo el mundo en el Vaticano.
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